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Cláusula suelo en la vivienda

Cláusulas Suelo y Cláusulas de Gastos

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El tema de las cláusulas bancarias abusivas es algo que, desgraciadamente, nos afecta a la mayoría de la sociedad hoy día. El hecho de pagar por una vivienda durante la mayor parte de nuestra vida ya es bastante difícil como para que paguemos, además, cantidades que no nos pertenecen, como ocurre cuando nos obligan a pagar todos los gastos derivados de la constitución de una hipoteca, tales como la Notaría, el Registro de la Propiedad, la liquidación del costoso impuesto de Actos Jurídicos Documentados, los gastos de la Gestoría elegida por el propio banco, o los gastos de la tasación de la vivienda que vamos a adquirir, y sobre todo con la aplicación de la ya tan conocida por todos “Cláusula suelo”.

La cláusula suelo supone una limitación a la baja al tipo de interés que la entidad bancaria nos va a cobrar por prestarnos el dinero, es decir, una manera abusiva de asegurarse el pago de unos intereses más elevados que los que realmente nos corresponden según lo pactado.

Sin embargo, los Tribunales nos están dando un respiro en todo este panorama acordando la devolución de esas cantidades pagadas de más, con sus intereses, y con las costas judiciales en la mayoría de ocasiones, lo que supone que nuestros honorarios sean cubiertos por la propia entidad.

A continuación os mostramos una reciente sentencia de un cliente de BUFETE ROJAS que gracias a la demanda que presentamos ha conseguido que se anule su cláusula suelo, se le devuelvan las cantidades pagadas de más y se condene a la entidad bancaria al recálculo del capital, todo ello con expresa imposición de las costas a la misma:

Enlace a sentencia.

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Regantes en Andalucía

Anulación de las liquidaciones giradas por la junta de Andalucía a las comunidades de regantes de Motril y Salobreña por la tarifa de utilización de regadío

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, ha resuelto en fecha 28 de noviembre de 2017 el recurso contencioso administrativo interpuesto por BUFETE ROJAS contra sendas resoluciones de la Junta Superior de Hacienda de la Consejería de Economía y Administración Pública de la Junta de Andalucía, por las que se desestimaron las reclamaciones promovidas contra las liquidaciones que fueron giradas por el Distrito Hidrográfico del Mediterráneo de la Agencia Andaluza del Agua por el concepto de tarifa de utilización del agua correspondiente a los ejercicios 2005 y 2006, por importe total de 1.459.581,12 euros.

La sentencia es la número 2397, de fecha 28 de noviembre de 2017, Recurso 576/2014, y puede ver el contenido íntegro pulsando aquí

La sentencia anula las liquidaciones de la Tarifa del Agua de dos años, que entiende ineficaces por la falta de publicación de la aprobación definitiva de esas tarifas, pues, a diferencia de las tarifas de 2004 ( que se prorrogaron para los años sucesivos ), que fueron dirigidas a cada regante, las del 2005 y 2006, con cambio del sujeto pasivo sin previo aviso, fueron dirigidas a las Comunidades de Regantes de Motril y Salobreña ( Plan Coordinado ), como representantes de los destinatarios iniciales. El Tribunal, que si bien estima que pueden dirigirse las tarifas a las Comunidades de Regantes, entiende, por razones de seguridad jurídica, unidad de doctrina e igualdad en la aplicación de la ley ( Arts. 9 y 14 CE ), que tiene acogida nuestra alegación y estima en ese punto el recurso al carecer de eficacia las tarifas que se aplicaron en las liquidaciones impugnadas que igualmente se anulan ( Fundamento octavo de la sentencia ):

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Compra de vivienda

Reclamación de las cantidades entregadas a cuenta en la compra de viviendas a entidades de crédito

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Son muchos los perjudicados tras la crisis económica, que entregaron a cuenta cantidades para la compra de una vivienda que no llegó ni siquiera a construirse, y que hasta la fecha no ha podido recuperar el dinero al resultar insolvente la promotora, que tampoco aseguró la devolución de dichas cantidades mediante aval, tal y como estaba obligada por ley.

Ahora todos esos perjudicados tienen muchas posibilidades de poder recuperar dichas cantidades que seguramente ya habían dado por perdidas. Recientemente, con fecha 11 de diciembre de 2017, tras la demanda interpuesta por BUFETE ROJAS en colaboración con CARACUEL ABOGADOS se ha dictado Sentencia por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Motril, a favor de los compradores que realizaron los ingresos a cuenta en la compra de una vivienda, condenando a la entidad bancaria Caja Rural de Granada a devolver las cantidades principales que fueron abonadas a la misma, más el interés legal desde que se produjeron los respectivos ingresos, incluso al pago de las costas judiciales.

Todo ello, es respaldado por nuestro alto Tribunal Supremo, el cual ha fijado doctrina jurisprudencial en la Sentencia de fecha 21 de diciembre de 2015, en la cual se establece:

«En las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968 las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad».

La mencionada doctrina viene obligando a las promotoras a garantizar la devolución de las cantidades entregadas a cuenta, por los compradores, con un seguro o aval bancario, y a que, ese dinero, quedara depositado en una cuenta especial que solo se utilizaba para la construcción de las viviendas. Por desgracia, aunque es una norma imperativa para el promotor y concede unos derechos que son irrenunciables para los compradores, con demasiada frecuencia los promotores han hecho caso omiso. La Sentencia del Tribunal Supremo viene a reforzar la eficacia protectora de la Ley, y la reciente sentencia dictada por el Juzgado de Motril viene a confirmar esta doctrina, incluso frente a la entidad bancaria que no fue la que financió la operación de préstamo hipotecario sobre el solar en el que se iban a construir las viviendas.

Para conocer el contenido íntegro de la sentencia del Juzgado de Motril pinche aquí (…)

 

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Debate en Motril

Motril debate sobre Derecho, internet y delitos informáticos

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La Delegación de Motril del Colegio de Abogados ha organizado los días 12 y 13 de junio las jornada formativas ‘Derecho e Internet. Delitos informáticos’, una cita obligada para los letrados que han querido conocer en profundidad la criminalidad vinculada con las nuevas tecnologías, sus particularidades y sus aspectos procesales.

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Medalla al Mérito en el Servicio a la Abogacía

Miguel Rojas Martín-Moré, Medalla al Mérito en el Servicio a la Abogacía

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En el Teatro Calderón de Motril tuvo lugar la entrega de la Medalla al Mérito en el Servicio a la Abogacía al letrado motrileño Miguel Rojas, que a sus 80 años continúa poniéndose la toga cada día y batallando en los juzgados.

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La Oficina de Intermediación Hipotecaria se extiende por las comarcas granadinas

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El organismo, cuya finalidad es ayudar a las familias granadinas en riesgo de perder su vivienda mediante la negociación con las entidades financieras, tiene vocación provincial y desde su entrada en funcionamiento atiende a familias de todos los puntos de la provincia.

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